viernes, 8 de febrero de 2013

Memorandum de la entrevista de Ademys con el Director de Carrera Docente realizada el 7-02- 2013


Más sobre M.A.T.E O MAESTRO DE APOYO –

En la fecha, miembros del Consejo Directivo  y de representantes de la Junta de Clasificación Primaria de Ademys tuvieron una entrevista con el Director de Carrera Docente, Licenciado. Sergio Siciliano, a fin de ampliar la postura de nuestro sindicato respecto de la propuesta de creación del cargo de Maestro Acompañante de Trayectorias Educativas (M.A.T.E.), oportunamente presentada en la mesa de condiciones laborales y salario del 29 de enero del corriente año (ver www.ademys.org  documento completo) a saber:

1)    Designación: Que se realice  en base al acuerdo mayoritario del cuerpo docente tomando  como referencia la reglamentación vigente para la designación del  Coordinador de área o departamento en el nivel medio,  artículo 79 del Reglamento Escolar /2007. Dicho artículo establece su carácter electivo por voto del personal, previa presentación de propuestas o proyectos de trabajo de los postulantes a tal función. (ver anexo Art. 179)

Su carácter electivo reforzará la legitimidad de su designación por un período, conservando el carácter de par, y a partir de propuestas o proyectos acordados por el propio colectivo docente.

2)    Funciones: Este tipo de designaciones electivas fortalecerá el proceso de construcción colectiva del perfil del maestro/a acompañante o de apoyo, que no existió nunca en nuestras escuelas y que deberá irse definiendo como parte de una cultura escolar cooperativa. Compartimos que no se trata de un/a maestro/a volante, o reemplazante de los cuerpos directivos o del fracaso diseño de “maestro de maestros”.

Ademys apuesta a fortalecer, de este modo, formas de trabajo que apunten a reconstruir nuestras instituciones escolares con  equipos de trabajo, cooperativos, no competitivos, donde los cargos de dirección adopten cada vez más la función de coordinadores en lugar del tradicional formato con relaciones jerárquicas, verticales. Trabajamos en pos de la  valoración de cada integrante de colectivo escolar, como trabajador intelectual y no mero “ejecutor” de directivas. En fin, apostamos a generar ambientes de trabajo que fortalezcan la escuela como espacio público.

3)     Reiteramos el planteo que la tarea no debe significar diferencia salarial con el resto de los docentes ya que su carácter de par e igualdad en la carga horaria no justifica generar nuevas fragmentaciones internas en el colectivo escolar.

4)     Carácter provisorio hasta su incorporación al Estatuto: El carácter provisorio del proyecto supone que a mediano plazo habrá de establecerse en el marco del Estatuto Docente como función  a cumplirse dentro de una planta funcional ampliada de cada establecimiento y a rotarse entre los docentes titulares. Ejemplo: para una escuela de 14 secciones la planta funcional debe ser de 15 docentes titulares.

5)    Ampliación a otros distritos: Dejar abierta la nómina de escuelas a la consideración de otros distritos y escuelas con la misma problemática /(ejemplo D.E. 3, 4 y 13)

6)    Condición de firma de Ademys: Ademys condiciona la firma del acta acuerdo de este proyecto a la vigencia de los puntos antes indicados en el anexo correspondiente. En caso contrario, plantea se respete la designación por orden de mérito prevista en los artículos 82 y 88 del Estatuto Docente.

Por su parte el Director Siciliano comprometió su atención a estos considerandos que oportunamente pondría a  consideración de los sindicatos antes de su definitiva publicación como anexo de la resolución.

Bs As, 6 de febrero de 2013


ANEXO NORMATIVA VIGENTE

Art. 179. DEL COORDINADOR/A  o JEFE/A DE ÁREA O DEPARTAMENTO.
Habrá un/a  Coordinador/a o Jefe/a por cada una de las Áreas  o
Departamentos,  los que estarán compuestos por los profesores de las
asignaturas integrantes del mismo, conforme el plan de estudios de cada
establecimiento. 
Los/as Coordinadores/as o Jefes/as de Área serán nombrados conforme
se establece en el presente artículo:
1. El/la Rector/a/Director/a efectuará la convocatoria a la elección del/la
Coordinador/a o Jefe/a. Serán electores los docentes que posean una
antigüedad mínima de dos (2) años en el establecimiento y dos (2)
años en el ejercicio de la docencia perteneciente al Área o Departamento y que revisten como titulares o interinos del
establecimiento. 
2. Los/as docentes aspirantes deberán proponer y presentar un proyecto
didáctico-pedagógico correspondiente al Área o Departamento el cual
será tenido en cuenta por los electores para la elección del
Coordinador o Jefe.
3. Los/as integrantes del Departamento o Área elegirán un candidato por
votación directa y secreta, cuyo resultado se elevará a la
Rectoría/Dirección. . Conforme el resultado de la elección, se elaborará
un listado de profesores -ordenado por la cantidad de votos obtenidos-
que permita cubrir la función de coordinador de manera inmediata, por
cese, renuncia o reemplazo transitorio en caso de licencia de éste
4. El/la Rector/a/Director/a, procederá a la designación del/la candidato/a
que hubiere obtenido el mayor número de votos. 
5. Esta designación se realizará dentro de los quince (15) días de la fecha
de reintegro del personal docente a los establecimientos educativos al
término del receso de verano.
6. En las Escuelas de Educación Técnica el/la Maestro/a de Enseñanza
Práctica podrá desempeñar las funciones de Jefe/a de los
Departamentos de Orientación Técnica.
7. Sólo se podrá ser Coordinador/a o Jefe/a en un (1) Departamento por
vez. 

No hay comentarios:

Publicar un comentario